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Entra en vigencia en agosto

Nuevo Código: qué cambiará en la vida cotidiana

Por Redacción

El nuevo Código Civil y Comercial entrará en vigencia el 1° de agosto y hay varios cambios en torno al patrimonio, la familia y la empresa que impactarán en la vida cotidiana. A continuación, un repaso por las principales modificaciones.

 

*Divorcio a pedido de uno

Puede ser solicitado por uno o ambos cónyuges –sin tener que esperar un plazo mínimo, como ahora– y se elimina el divorcio por “culpa” (como el adulterio o injurias graves).

 

* El nombre y los apellidos

Se admitirán nombres aborígenes o derivados de voces aborígenes autóctonas. Los hijos podrán llevar como primer apellido el de cualquiera de los dos cónyuges. Si no hay acuerdo, se determinará por sorteo en el Registro Civil. También puede llevar el de ambos.

 

* Patrimonio en el matrimonio

Está previsto además del régimen ganancial, el de separación de bienes, por el que cada uno de los cónyuges conserva la libre administración y disposición de sus bienes personales.

 

* Convenciones prematrimoniales

Antes de casarse, los futuros cónyuges pueden hacer convenciones para determinar el valor de los bienes que tienen, de sus deudas, de las donaciones que hagan entre ellos y optar por alguno de los regímenes patrimoniales previstos.

 

*Adopciones

Se prohíbe la entrega directa (caso en que la madre se lo da a otra familia y luego el juez convalida la situación de hecho). Además, se establece un sistema que acortará el proceso de adopción.

 

*Uniones convivenciales

Se establece un régimen jurídico para las convivencias. En este sentido hay cuatro grandes modificaciones: la contribución a las cargas del hogar durante la vida en común; la atribución del hogar en caso de ruptura; el pacto para dividir los bienes obtenidos por el esfuerzo de ambos y la protección de la vivienda.

 

*Reproducción asistida

Los hijos nacidos de una mujer por las técnicas de reproducción humana asistida son también hijos del hombre o de la mujer que prestó consentimiento previo, inscripto en el Registro Civil, con independencia de quién haya aportado los gametos. El nuevo Código también establece que la existencia de la persona comienza desde la concepción, lo que fue motivo de controversia.

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